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Carregar no condomínio

Cargadores en comunidades de propietarios

La recarga de vehículos eléctricos debe realizarse, siempre que sea posible, en casa — el lugar donde pasamos más tiempo y donde la recarga es más conveniente.

Si vives en un edificio con garaje o aparcamiento, puedes instalar un punto de recarga. La conexión a la red Mobi.E es opcional, pero aporta ventajas: al adherirte, te conviertes en Titular de Punto de Recarga y la energía consumida se te factura directamente a través de tu tarjeta o app de movilidad eléctrica.

De este modo, evitas conflictos con otros vecinos, ya que el consumo de tu vehículo no se carga al gasto común del edificio, estando automáticamente separado de la factura común.

¿Cómo instalar un punto de recarga en la comunidad?

Contacta con una de las siguientes entidades: un Fabricante, un instalador certificado o un Operador de puntos de recarga. La entidad instaladora deberá diligenciar el archivo de creación del punto para su integración en la red Mobi.E.

Si eres vecino propietario, debes informar a la administración de la comunidad de tu intención de instalar el cargador (puede utilizar este documento). 

 

Envíe la siguiente documentación a MOBI.E por correo electrónico a geral@mobie.pt*:
- Archivo de creación del punto de recarga, diligenciado por la empresa instaladora.
- Factura de electricidad, para confirmar el Código del Punto de Entrega (CPE).
- Acuerdo de Adhesión a Mobi.E, debidamente diligenciado y firmado.
- Si la instalación del punto de recarga la realiza una entidad jurídica, deberá presentar un documento que acredite los poderes de la persona que firma el Acuerdo en nombre de dicha entidad. Según el tipo de entidad, deberá incluir:
                       - Empresa: Certificado Permanente o el correspondiente código de acceso.
                       - IPSS (Institución Particular de Solidaridad Social): Copia de los Estatutos.
                       - Comunidad de propietarios: Acta de nombramiento de los administradores o gestores.
- Si el Acuerdo es firmado por un apoderado, también deberá enviarse el poder notarial firmado por quien tenga capacidad para vincular a la entidad.

* Si la documentación se firma a mano, deben enviarse dos copias originales en formato físico por correo postal, junto con el certificado permanente.

Una vez enviado el proceso, ¿Cuáles son los siguientes pasos?

MOBI.E enviará el Acuerdo de Adhesión firmado, incluyendo el número asignado al titular del punto de recarga y, si se ha solicitado, la tarjeta SIM para instalar en el cargador.

El vecino propietario recibirá un correo electrónico automático confirmando la creación de su punto de recarga, con el ID correspondiente y las instrucciones para su configuración posterior.

Si el instalador contratado no es un Operador de puntos de recarga, deberás solicitar a la entidad instaladora (ya sea el fabricante u otra empresa certificada) que realice la configuración siguiendo la información técnica disponible al final de esta página.

Ventajas de convertirse en titular de un punto de recarga:

  • Posibilidad de acceder a subvenciones públicas;
  • Recargar el vehículo durante la noche, aprovechando las tarifas eléctricas más económicas;
  • Separación de los consumos eléctricos entre el vecino propietario y la comunidad.

La administración de la comunidad no puede oponerse a la instalación del punto de recarga, salvo en los siguientes casos:

  • Cuando esté prevista la instalación de un punto de recarga de uso compartido en los 90 días siguientes a la notificación por parte del vecino propietario;
  • Cuando ya exista un punto de recarga de uso compartido;
  • Si el punto de recarga supone un riesgo para la seguridad del edificio o afecta negativamente a su estética arquitectónica.

Esta opción está disponible tanto para propietarios como para administraciones de comunidades, que también pueden instalar puntos de recarga en zonas comunes del edificio. Estos pueden ser utilizados por todos los vecinos, pagando cada uno solo la energía que consuma.

 

Consulta los derechos legales de los propietarios para instalar un cargador en las Preguntas Frecuentes.

Información útil para la entidad instaladora:

El punto de recarga debe ser instalado conforme a la guía técnica de la Dirección General de Energía y Geología (DGEG), al Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión (RTIEBT) en su versión consolidada, y a la legislación vigente; ser configurado según las instrucciones proporcionadas por MOBI.E; garantizar la comunicación con el sistema Mobi.E, ya sea mediante la tarjeta SIM (si ha sido solicitada) o por otro medio que permita la transmisión de datos, como por ejemplo Wi-Fi; agendar las pruebas de puesta en marcha, enviando una solicitud al correo electrónico geral@mobie.pt.