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Infórmate sobre los principales beneficios fiscales para la compra y uso de vehículos eléctricos para particulares. Estas ayudas son otorgadas por la Autoridad Tributaria de Portugal.

 

Vehículos 100% eléctricos 

  • ISV (Impuesto sobre Vehículos) – Exención del pago (letra a) del apartado 2 del artículo 2, Anexo I del Código del Impuesto sobre Vehículos).

  • IUC (Impuesto Único de Circulación) – Exención del pago (letra e) del apartado 1 del artículo 5, Anexo II del Código del Impuesto sobre Vehículos).
     

Vehículos híbridos

  • ISV (Impuesto sobre Vehículos):

    • Reducción del 75 % para vehículos híbridos enchufables con una autonomía mínima de 50 km en modo eléctrico y emisiones oficiales inferiores a 50 gCO₂/km (letra d) del apartado 1 del artículo 8, Anexo I del Código del Impuesto sobre Vehículos).

    • Reducción del 40 % para vehículos híbridos (no enchufables) con una autonomía mínima de 50 km en modo eléctrico y emisiones oficiales inferiores a 50 gCO₂/km (letra a) del apartado 1 del artículo 8, Anexo I del Código del Impuesto sobre Vehículos).

Infórmate sobre los principales beneficios fiscales para la compra y uso de vehículos eléctricos para empresas. Estas ayudas son otorgadas por la Autoridad Tributaria de Portugal.

 

Vehículos 100 % eléctricos 

  • Impuesto de Sociedades (IRC) – Exención (condicionada) de la Tributación Autónoma (apartado 20 del artículo 88 del Código del Impuesto de Sociedades).

  • ISV (Impuesto sobre Vehículos) – Exención del pago (letra a) del apartado 2 del artículo 2, Anexo I del Código del Impuesto sobre Vehículos).

  • IUC (Impuesto Único de Circulación) – Exención del pago (letra e) del apartado 1 del artículo 5, Anexo II del Código del Impuesto sobre Vehículos).

  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido):

    • Deducción total del IVA asociado a los gastos relacionados con la compra, fabricación, importación, alquiler o transformación de vehículos eléctricos ligeros de pasajeros o mixtos, considerados como vehículos de empresa, cuyo coste de adquisición no supere los 62 500 € (letra f) del apartado 2 del artículo 21 del Código del IVA, conforme al valor definido en el artículo 1.4 de la Orden nº 467/2010, de 7 de julio, modificada por la Ley nº 82-D/2014, de 31 de diciembre).

    • Deducción total del IVA asociado a los gastos de electricidad utilizada en vehículos eléctricos (letra h) del apartado 2 del artículo 21 del Código del IVA).
       

Vehículos híbridos

  • Impuesto de Sociedades (IRC) – Los tipos de Tributación Autónoma aplicables a los gastos relacionados con vehículos híbridos enchufables que tengan una autonomía mínima de 50 km en modo eléctrico y emisiones oficiales inferiores a 50 gCO₂/km son (apartado 18 del artículo 88 del Código del Impuesto de Sociedades, según lo establecido en el apartado 3):

    • 2,5 % para vehículos con un coste inferior a 37 500 €;

    • 7,5 % para vehículos con un coste igual o superior a 37 500 € e inferior a 45 000 €;

    • 15 % para vehículos con un coste igual o superior a 45 000 €.

  • ISV (Impuesto sobre Vehículos):

    • Reducción del 75 % para vehículos híbridos enchufables con una autonomía mínima de 50 km en modo eléctrico y emisiones oficiales inferiores a 50 gCO₂/km (letra d) del apartado 1 del artículo 8, Anexo I del Código del Impuesto sobre Vehículos).

    • Reducción del 40 % para vehículos híbridos con una autonomía mínima de 50 km en modo eléctrico y emisiones oficiales inferiores a 50 gCO₂/km (letra a) del apartado 1 del artículo 8, Anexo I del Código del Impuesto sobre Vehículos).

  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido):

    • Deducción total del IVA asociado a los gastos relacionados con la compra, fabricación, importación, alquiler o transformación de vehículos híbridos enchufables ligeros de pasajeros o mixtos, considerados como vehículos de empresa, cuyo coste de adquisición no supere los 50 000 € (letra f) del apartado 2 del artículo 21 del Código del IVA, conforme al valor definido en el artículo 1.4 de la Orden nº 467/2010, de 7 de julio, modificada por la Ley nº 82-D/2014, de 31 de diciembre).

    • Deducción total del IVA asociado a los gastos de electricidad utilizada en vehículos eléctricos o híbridos enchufables (letra h) del apartado 2 del artículo 21 del Código del IVA).

Información sobre los beneficios concedidos por los municipios para facilitar el estacionamiento de vehículos eléctricos o híbridos.

Dado que los reglamentos municipales sobre estacionamiento pueden cambiar, se recomienda consultar dicha información directamente con los respectivos municipios antes de desplazarse.

 

Municipio

(en orden alfabético)

Reglas Principales

Más información

Águeda

No necesita adhesivo municipal

Câmara Municipal de Águeda

Almada

Necesita adhesivo municipal (gratuito)

WeMob Almada

Beja

No necesita adhesivo municipal

Câmara Municipal de Beja

Funchal

Gratis para vehículos 100% eléctricos, 50% de descuento para vehículos híbridos.
Suscribiéndose a la "Tarifa Verde" en la Oficina de Servicios Municipales - "Loja do Munícipe" (solo para residentes)

Funchal – Loja do Munícipe

Guimarães

Necesita adhesivo municipal emitido por el Ayuntamiento para vehículos 100% eléctricos en las Zonas de Estacionamiento de Duración Limitada (ZEDL)

Município de Guimarães – Dístico

Lisboa

Requiere adhesivo Verde emitido por EMEL, para cualquier usuario (no es necesario ser residente en Lisboa)

EMEL – Dístico Verde

Loures

Requiere adhesivo Verde municipal emitido por Loures Parque para cualquier usuario (no es necesario ser residente en Loures)

Loures Parque – Dístico Verde

Mirandela

Requiere adhesivo Verde identificando el Vehículo Eléctrico emitido por el Instituto de la Movilidad y de los Transportes - IMT 

Município de Mirandela

Porto

15% de descuento en la cuota mensual de parqueaderos municipales para vehículos 100% eléctricos

Edital 826/2021

Póvoa do Varzim

Exención de tasas de estacionamiento durante 10 años desde 2019 según el Artículo 6, letra e. del Reglamento Municipal de Tráfico y Estacionamiento

Município de Póvoa do Varzim

Ribeira Brava (Açores)

Exención de tasas de estacionamiento en zonas de duración limitada de color cafés y naranja según el Artículo 11, ítem 1, letra h. del Reglamento Municipal de Zonas de Estacionamiento de Duración Limitada)

Câmara Municipal de Ribeira Brava

Setúbal

Aplicable solo a vehículos ligeros de pasajeros (turismos), 100% eléctricos. Sin necesidad del adhesivo municipal

Município de Setúbal